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Derechos Miranda

Si la policía decide mantener a un sospechoso bajo su custodia, tiene que informarle sobre sus derechos constitucionales relativos al arresto, conocidos como los derechos Miranda.

No existe una formalidad homogénea para leer los derechos Miranda; sin embargo, en cada arresto se le debe informar al sospechoso de sus derechos, lo que significa que las palabras usadas por la policía son estándar ; por ejemplo:

Usted tiene derecho de guardar silencio. Cualquier cosa que usted diga puede ser usada en su contra en un tribunal. Usted tiene el derecho de hablar con un abogado. Si usted no cuenta con los medios para contratar un abogado, se le proporcionará uno. ¿Entiende usted estos derechos?

Historia En jurisprudencia precedente, la Corte Suprema sostuvo en el caso Miranda contra Arizona que cuando la policía arresta a un individuo ellos deben de notificarle sus derechos de acuerdo a la Quinta Enmienda.

La Quinta Enmienda exige el uso de un gran jurado cuando el presunto crimen es un crimen capital, impide que el Estado lleve a cabo múltiples juicios por la misma ofensa o una ofensa similar cuando la persona ha sido ya condenada o absuelta, y permite que el sospechoso decida si rinde o no una declaración ante la policía para proteger su derecho a no incriminarse. La Quinta Enmienda también garantiza que los acusados de un crimen tengan derecho a un juicio justo.

La Corte Suprema ha sostenido que la cláusula de Debido Proceso, incluida en la Decimocuarta Enmienda, define a la Quinta Enmienda como aplicable en casos estatales. Originalmente sólo se podía aplicar en casos federales. Como resultado, tanto la policía estatal como la federal deben leer los derechos Miranda a cualquier detenido bajo arresto policial.

Uso de los Derechos Miranda No es necesario enumerar los derechos Miranda en una simple interrogación. La advertencia no se requiere hasta el momento del arresto. La diferencia entre ser interrogado y ser arrestado es la libertad del individuo para marcharse.

Antes del arresto, la policía puede hacer preguntas, pero la persona debe ser notificada que el interrogatorio es voluntario y que el o ella puede marcharse si así lo deseara. Sin embargo, sus respuestas en el interrogatorio pueden ser usadas en la corte.

Una vez que el individuo se encuentra bajo arresto, ya no goza de libertad para marcharse, lo que motiva la enumeración de los derechos Miranda. A partir de ese momento, hacer una declaración, o negarse a hacerla, puede ser servir como evidencia en la corte si la fiscalía o la defensa lo desea.

No es común que la policía omita informar los derechos Miranda, pero ha ocurrido y seguramente ocurrirá en el futuro. Si un agente policial no enumera los derechos a un sospechoso bajo su custodia, toda evidencia reunida después del arresto podría ser considerada inadmisible, y por lo tanto no podrá ser utilizada en contra del acusado. Según los hechos probatorios del caso, esto puede resultar en la falta de evidencia suficiente para que el Estado lleve a cabo el juicio, o simplemente presentar un mínimo, o incluso ningún efecto adverso.